Comisión de jubilaciones y pensiones


¿CÓMO INICIAR EL TRÁMITE DE JUBILACIÓN?


RÉGIMEN ESPECIAL DE JUBILACIÓN DOCENTE- LEYES Y DECRETOS



 

UN POCO DE HISTORIA

Nos jubilamos por la Ley 24241 del año 1993 (ley que se aplica a todos los jubilados cuyas jurisdicciones
transfirieron las cajas a ANSES). En el año 2005, el Decreto 137 crea el suplemento “Régimen Especial para
Docentes”. Nos descuentan un 2% más para recuperar la ley 24.016 (Régimen de Jubilaciones y Pensiones
del Personal Docente). La CTERA firma el Acta Acuerdo Previsional con el Ministerio de Educación, el de
Trabajo y el ANSES avalando que nos jubilamos con el 82%, del salario bruto remunerativo, al cese (no móvil
como establece la 24016) y nos aplican la Ley de Movilidad (24617/2008) que aumenta los haberes cada tres
meses.